La liquidación de una sociedad es el conjunto de operaciones destinadas a liquidar el patrimonio social, es decir, a sufragar todas las deudas que la entidad había contraído con sus proveedores, y posteriormente, a la división del patrimonio de la empresa entre los socios, según su porcentaje de participación.
Así pues, la liquidación de la sociedad no supone, de una forma directa, la extinción de la misma, pues sólo podrá extinguirse cuando la liquidación haya concluido y se cancelen en el Registro Mercantil los asientos relativos a la sociedad.
domingo, 28 de julio de 2013
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