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miércoles, 24 de julio de 2013

Beneficios fiscales para la Sociedad Limitada Nueva Empresa

Las Sociedades Limitadas Nueva Empresa (SLNE) constituyen una forma especial de Sociedades Limitadas que trata de impulsar la actividad empresarial de las PYMES.

Por ello, la Administración Tributaria ha concedido a estos entes beneficios fiscales, que se otorgarán previa solicitud de las entidades interesadas y sin garantías de ningún tipo.

Estos beneficios fiscales se concretan en lo siguientes:

  • Aplazamiento de un año desde la constitución de la empresa del pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Aplazamiento por dos periodos impositivos desde su constitución del pago del Impuesto de Sociedades.
  • Aplazamiento o fraccionamiento de las cantidades devengadas por fraccionamiento o ingreso el IRPF que se devengue en el primer año desde su constitución. 

martes, 23 de julio de 2013

Sociedad Limitada Nueva Empresa

La Sociedad Limitada Nueva Empresa constituye un tipo de Sociedad Limitada especial. Fue creada en el año 2003 con el objeto de estimular la actividad empresarial y mejorar la competitividad de las PYMES.

Las principales novedades con respecto a la Sociedad Limitada son la simplificación de los trámites para la constitución de las mismas y la puesta a disposición de asistencia técnica durante los primeros años de actividad para ayudar a los pequeños empresarios a iniciar su actividad.

lunes, 22 de julio de 2013

El papel de los socios en la Sociedad Limitada

Ser socio en SL implica que este es copropietario de la sociedad mercantil y por tanto tiene derecho a participar de los beneficios que esta genere en función de la proporción de acciones que posea.

De la misma forma, los socios tienen el derecho de adquisición preferente de nuevas participaciones y pueden asistir y votar en las Junta General, impugnar sus acuerdos, etc.

No obstante, tener la condición de socio de una SL también implica la existencia de unas obligaciones, como son el desembolso de aportaciones dinerarias, respondiendo de su legitimidad frente a la sociedad y frente a terceros.