La Sociedad Anónima (SA) es la entidad mercantil más común como consecuencia de la ausencia o limitación de la responsabilidad de sus socios, ya que los socios no responden personalmente de las deudas sociales.
Para la fundación de una SA se exige otorgar escritura pública e inscripción en el registro mercantil. Además, es necesario un desembolso inicial de 60.000 euros.
La principal característica de este tipo de sociedades es que el capital social se halla dividido en acciones.
Son las acciones las que atribuyen la condición de socio y otorgan sus derechos a estos.
jueves, 25 de julio de 2013
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