La sociedad mercantil nace a partir de un contrato firmado voluntariamente por las personas que la fundan.
Como cualquier otro contrato, el contrato mercantil precisa de los elementos esenciales para su constitución, esto es, el consentimiento y la capacidad de las partes, el objeto de la actividad y la causa, que debe consistir en la obtención de beneficios de forma lícita.
Una vez constituida la sociedad mercantil, esta adquiere personalidad jurídica en todos sus actos y contratos. Es decir, una vez que se ha firmado el contrato y está establecida la sociedad, esta constituye en una persona jurídica nueva y distinta de las personas que la han fundado.
viernes, 19 de julio de 2013
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