La sociedad civil es una forma de asociación entre dos o más personas, por el que estas ponen en común bienes, dinero o su trabajo con el objeto de obtener dinero y repartirlo entre los socios.
Es recomendable constituir esta sociedad mediante escritura pública, aunque no es necesario. No obstante, en el caso de que los socios aporten a la sociedad bienes inmuebles o derechos reales.
Tampoco es necesario inscribir esta sociedad en el Registro Mercantil ni aportar un capital inicial mínimo.
Debe tenerse en cuenta, a la hora de constituir esta sociedad, que los socios responden de las deudas sociales de forma ilimitada, con todos sus bienes presentes y futuros.
viernes, 2 de agosto de 2013
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